Control horario
La jornada intensiva en el Estatuto de los Trabajadores
Conoce más sobre la jornada intensiva, qué es, cuáles son sus tipos, cómo se debe gestionar con los trabajadores y cómo se regula y por qué.
Control horario
Conoce más sobre la jornada intensiva, qué es, cuáles son sus tipos, cómo se debe gestionar con los trabajadores y cómo se regula y por qué.
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Marcos Lopez
HR Consultant
4 de agosto, 2022
Cuando hablamos de flexibilidad horaria, una de las opciones que existen es la jornada intensiva. A todo el mundo no le viene bien trabajar a jornada partida. Además, es una buena opción para conciliar vida personal y profesional. Eso sí, tiene sus peculiaridades.
Para empezar, la jornada intensiva no viene regulada en el Estatuto de los Trabajadores. En su artículo 34, donde se habla de la jornada laboral, ni siquiera se menciona. Además, tampoco existe ninguna ley que la regule. Pero como veremos más adelante, sí que tenemos un marco de referencia.
Pero vayamos por partes: lo primero sería tener claro qué es la jornada intensiva. Es el tipo de jornada laboral que se completa sin pausa que rompa el ritmo de trabajo. También se conoce como jornada continua. ¿Significa esto que trabajemos 8 horas del tirón? No exactamente.
Cada 6 horas debe hacerse una parada obligatoria de 15 minutos. Un cuarto de hora que se reconoce como tiempo de trabajo efectivo. Hay diferentes modalidades de jornada intensiva, pero lo habitual es que sea de 8:00 a 16:00 o de 8:00 a 15:00 en verano. Incluso puede comenzar a las 7:00.
La principal diferencia entre jornada intensiva y jornada partida es la ausencia de pausa para comer. De este modo, la jornada laboral se reduce una hora. Un trabajador con jornada intensiva y otro con jornada partida pueden entrar a la vez. Sin embargo, el primero puede salir una hora antes.
Conviene señalar que todo tipo de trabajadores pueden disfrutar de esta jornada. Esto incluye a trabajadores asalariados y a autónomos. Dentro de los asalariados están tanto los que tienen contrato temporal como los indefinidos, trabajadores parciales y a tiempo completo.
Entre las ventajas de la jornada intensiva podemos destacar la reducción del estrés y del absentismo laboral. Es un elemento motivador más, y ayuda a construir una buena imagen corporativa. Eso sí, presenta el hándicap de que no todas las empresas o sectores la pueden aplicar.
Muchas veces, la jornada intensiva se aplica en verano. Pero también encontramos empresas que la aplican los viernes, e incluso organizaciones que la incluyen entre sus beneficios. Esto significa que sus empleados puedes disfrutar de ella los 365 días del año.
Ya hemos dicho que la jornada intensiva no aparece el Estatuto de los Trabajadores. Como habrás deducido por lo anteriormente explicado, el convenio colectivo regula la jornada intensiva. Es el documento donde aparecerá la posibilidad de desarrollarla, y las condiciones en que se hará.
En un nivel inferior están los contratos de trabajo y la normativa interna de la organización. El convenio colectivo es el documento de referencia, pero cada empresa aplica la jornada según sus posibilidades. Respetando el convenio, la organización fija las condiciones.
Una vez más, la supresión de la jornada intensiva depende del convenio colectivo. Si no está reconocida en el convenio, no está obligada a aplicarla. En este caso, podrá suprimirla cuando quiera. Su implantación ha sido una decisión libre de la empresa, sin estar obligada a ello.
La cosa cambia cuando la jornada intensiva está reconocida en el convenio colectivo. Si es el caso, la empresa deberá modificar las condiciones laborales para eliminar la jornada intensiva. Esto, siempre que la haya aplicado regularmente. También si se ha aplicado verano tras verano y un año decide no hacerlo.
Lo que si establece el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 34 es la pausa de 15 minutos si la jornada supera las seis horas. Aunque no se especifique, se trata de una medida que afecta a la dicha jornada. Estos 15 minutos son un mínimo, la empresa puede ampliarlos si así lo considera.
El reconocimiento y retribución de esta pausa no pueden corregirse. Si se reconoce como trabajo efectivo, no podemos dar marcha atrás. En caso de querer dejar de reconocerla, habrá que modificar las condiciones de trabajo. La organización tendrá que justificar la razón que propicia este cambio.
Ya que el Estatuto de los Trabajadores no hace ninguna referencia, nos guiaremos por el convenio a la hora de gestionarla. La empresa debería establecer las condiciones internas de la jornada intensiva. También la distribución de las horas trabajadas para compensar la reducción horaria.
Este aspecto es fundamental, pues habrá que distribuir correctamente tareas y horarios. De lo contrario, el descontrol puede llevarnos a fracasar en su implantación. Contar con un software de RRHH como Sesame HR que se encargue del control horario y gestión de tareas es muy útil.
Si en tu empresa apostáis por los horarios flexibles, la jornada intensiva puede ser un beneficio muy atractivo. Ya hemos dicho que facilita la conciliación o reduce el estrés. Para la empresa, supone un ahorro de costes, especialmente en suministros. El empleado también puede ahorrarse el comer fuera de casa.
No puedes pasar por alto que esta jornada también ayuda a la racionalización de horarios. Se trata de uno de los grandes hándicaps del sistema empresarial español. La jornada intensiva, ya sea un día a la semana, en verano o todo el año, te ayudará a atraer y retener talento.
¿Quieres saber más sobre el tema? Descubre en el blog de Sesame HR cómo gestionar los horarios de la plantilla y las tareas para implantar la dicha jornada de modo efectivo.