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¿Cuál es el objetivo del canal de denuncias para empresas?
Sesame HR ha desarrollado la funcionalidad de Canal de Denuncias para que tanto trabajadores, como colaboradores de una empresa, puedan informar de cualquier delito relacionado con la organización. Al realizar la denuncia, el canal guarda el anonimato del informante y otorga la ventaja de poder agregar archivos relacionados como prueba. Canal de denuncias está disponible en todos los planes de Sesame HR.
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¿Quién puede hacer uso del canal de denuncias?
- Personas que tengan la condición de empleados públicos o trabajadores por cuenta ajena. Incluidos ex empleados y personal en formación. - Autónomos que tengan relación con la organización. - Accionistas, partícipes y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de una empresa, incluidos los miembros no ejecutivos. - Cualquier persona que trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores. - Becarios y voluntarios. - Candidatos a puestos de trabajo...
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¿Se mantiene el anonimato en el canal de denuncias para empresas?
Efectivamente, no hay nada de qué preocuparse. El canal de denuncias para empresas garantiza la identidad anónima del denunciante. El sistema está configurado para que nadie tenga conocimiento de quién es el informante, ni siquiera el administrador. No obstante, el informante puede optar por no ser anónimo. De no ser así, la confidencialidad se mantiene.
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¿Cuándo entró en vigor tener habilitado un canal de denuncias para empresas?
El 13 de marzo de 2023 entró en vigor en España la Ley 2/2023 de protección del Informante, la cual obliga a las empresas de más de 50 trabajadores a disponer de un canal de denuncias para que los empleados puedan informar de cualquier delito relacionado con el lugar de trabajo. Los plazos de implementación son los siguientes: - 13 de junio (empresas de 250 o más trabajadores) + administración pública - 1 de diciembre (empresas entre 249 y 50 empleados) + municipios de menos de 10.000 habitantes
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¿Cuáles son las sanciones?
El incumplimiento de la obligación de disponer de un sistema interno de información en los términos exigidos en la Ley 2/2023, implica las siguientes sanciones: Para las personas físicas 30.000 hasta 300.000 euros Para las personas jurídicas 600.000 hasta 1.000.000 euros
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¿Qué empresas están obligadas por la Ley a tener un Canal de denuncias?
En el sector privado: Personas físicas o jurídicas del sector privado a partir de 50 empleados (tengan o no su domicilio en España). Partidos políticos, sindicatos, patronales y fundaciones. Todas las empresas, independientemente de su número de empleados, en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención de blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y del medio. En el sector público: La Administración General del Estado, las administraciones regionales y provinciales, y los entes locales. Los Organismos y Entidades públicas vinculadas o dependientes de alguna Administración pública. Las Corporaciones de Derecho Público. Fundaciones del sector público. Universidades públicas.