Control horario
¿Qué es la jornada completa en la empresa?
Todo sobre la jornada completa, descansos, horas extras...
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Isabel García
HR Consultant
28 de octubre, 2022
¿Cuántos tipos de jornada hay en tu empresa? Jornada nocturna, a turnos, reducida, continua, partida, a tiempo parcial, parcial por horas… o jornada completa.
Todos ellos son tipos de jornada laboral, algunos de ellos compatibles entre sí. Por ejemplo, puedes trabajar a tiempo completo y a turnos.
Antes de profundizar en este tipo de jornada, conviene tener claro el concepto jornada laboral.
Hace referencia al tiempo que un trabajador emplea para completar las tareas para las que ha sido contratado. Este concepto surgió en 1886 en Chicago, cuando se estableció por primera vez una horario laboral de 8 horas.
En el caso de España, esta no llegó hasta 1919. A día de hoy, el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores es el que regula la jornada laboral.
En su artículo 34.5 habla del “tiempo en el que el trabajador se encuentra en su puesto de trabajo”. Según la duración de este tiempo, estaremos ante una jornada completa o parcial.
Como hemos dicho, en 1919 llegó a nuestro país la jornada de ocho horas. Ha pasado más de un siglo, pero sigue siendo el tipo de jornada predominante.
Se considera jornada completa las 40 horas de trabajo semanal repartidas en cinco turnos de 8 horas. A partir de aquí podemos encontrar diferentes variaciones.
Estas deben aparecer reflejadas en el contrato de trabajo o el Convenio Colectivo.
Por ejemplo, en vez de trabajar 40 horas cada semana, una puede superarse este límite y compensarse trabajando menos la siguiente. Eso sí, el total de horas anuales no podrá superar el máximo legal acordado en el contrato.
Es lo que conocemos como distribución irregular de la jornada completa. El total de horas redistribuidas no puede suponer el 10% de una jornada de trabajo normal.
Además, la empresa debe avisar con al menos cinco días de antelación del horario. También nos encontramos con una limitación de 9 horas de trabajo diarias.
Otro aspecto a destacar es que este tipo de horario incluye 15 minutos de descanso considerados tiempo efectivo de trabajo.
En el caso de los trabajadores menores de edad, esta pausa se prolonga hasta los 30 minutos.
Más allá de esos 15 minutos, la jornada completa implica una serie de regulaciones sobre el tiempo de descanso.
Cuando hablamos de distribución irregular de las horas de trabajo, habrá 12 horas de descanso entre turnos. Además, el trabajador debe disfrutar de un día y medio de descanso a la semana.
Muchas veces tendemos a pensar que estos días de descanso corresponden al fin de semana.
Sin embargo, esto no es siempre así. Sobre todo, en aquellas empresas con actividad 24 horas. Suele haber un pacto interno que regula cómo se trabaja el fin de semana, intentando potenciar la conciliación familiar.
Es importante señalar que los días de descanso pueden acumularse por un máximo de 14 días. Así, un empleado a tiempo completo puede trabajar durante 11 días consecutivos para librar tres días seguidos.
En España tenemos 14 festivos al año, el convenio o el contrato regularán cómo se compensan en caso de tener que trabajar en ellos.
Respecto a las vacaciones, cualquier trabajador tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones al año. No importa si trabaja a jornada completa o parcial, únicamente se tendrá en cuenta la duración del mismo.
Si el contrato no es indefinido, se disfrutará de los días de vacaciones generados. Estos no pueden pagarse, ni acumularse para otro año.
Los trabajadores a tiempo completo pueden hacer horas extras. Una posibilidad que no existe en caso de trabajar a jornada parcial -habría que pactar las horas complementarias con la empresa-.
A priori son voluntarias, salvo causa de fuerza mayor o regulación por convenio. Eso sí, no es fácil negarse a hacerlas.
Hay una limitación de 80 horas extras al año, que pueden pagarse y/o compensar con periodos de descanso adicionales.
Además, no podrán hacer horas extras los menores de edad. Tampoco los trabajadores a tiempo completo con al menos tres horas en horario nocturno -de 22:00 a 6:00-.
Uno de los grandes retos de la jornada completa es llevar el control horario. Sobre todo, si hay una distribución irregular del horario o se hacen horas extras con frecuencia.
La mejor forma de hacer este seguimiento es mediante un software de RRHH con control horario, como es el caso de Sesame HR.
Por una parte, nos permite llevar el control horario de los trabajadores. Saber a qué hora entran, a qué hora finalizan su horario laboral, descansos, horas extras, etc.
Por otra parte, cumplimos con el registro obligatorio de la jornada laboral. Ya sabes que estás obligado a ello.
Más allá de llevar el control horario, un software de recursos humanos también te ayudará a gestionar las vacaciones y ausencias de los trabajadores.
Nos aseguramos de repartir vacaciones y días libres de modo que tengan el menor impacto sobre la productividad de la organización.
¿Quieres saber más sobre la jornada completa, el resto de tipos de jornada laboral y el control horario? No te pierdas los contenidos relacionados disponibles en el blog de Sesame HR ni en nuestras guías.